Plazos
24 meses desde la entrada en vigor (hasta el 5 de diciembre de 2027).
La Ley 9/2025 (publicada el 4 de diciembre de 2025) establece que, en el plazo de 24 meses desde la entrada en vigor (es decir, antes del 5 de diciembre de 2027), las empresas y ciertas entidades del sector público deberán disponer de planes de movilidad sostenible al trabajo para centros con más de 200 trabajadores o 100 por turno.
24 meses desde la entrada en vigor (hasta el 5 de diciembre de 2027).
Centros de trabajo de más de 200 trabajadores o más de 100 por turno.
El plan debe ser negociado obligatoriamente con la RLT (Representación Legal de los Trabajadores) o comisión sindical.
Los planes deben comunicarse al Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM).